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NORMATIVA BAJO LA CUAL SE EVALUA LA CONFORMIDAD DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS.
NORMATIVA BAJO LA CUAL SE EVALUA LA CONFORMIDAD DE LAS INSTALACIONES ELECTRICAS.
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Escrito por Rocío Limón
Actualizado hace más de una semana

Las instalaciones eléctricas son la única especialidad (que prácticamente tenemos en cualquier obra) que se rige por una Ley de orden federal. A las instalaciones eléctricas particulares se les denomina de “utilización”, y éstas se rigen bajo Normas Oficiales Mexicanas.

El artículo 314 de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-2012 y del Código Nacional Eléctrico (National Electrical Code®, NEC®) contempla la instalación y el uso de todas las cajas y cuerpos de conduit utilizados como cajas de salida, de dispositivos, de paso y de empalmes, dependiendo de su utilización; así como de los gabinetes de acceso manual. Las cajas fundidas, de lámina metálica, no metálicas y otras cajas tales como las FS, FD y cajas más grandes no clasificadas como cuerpos de conduit.

El artículo incluye tablas de referencia que guían al electricista en la elección de la medida de caja apropiada para cumplir con los requisitos de servicio eléctrico de forma segura. La tabla de capacidad de las cajas se puede visualizar en la tabla 314.16 (A) a modo de guía y referencia rápida. Para conocer todos los detalles, se debe consultar el NEC.

Las cajas y los cuerpos de conduit deben tener el tamaño suficiente para brindar espacio libre para todos los conductores encerrados. En ningún caso el volumen de la caja, calculado tal como se indica en la sección 314.16 (A), debe ser menor que el cálculo para la ocupación, determinado tal como se indica en la sección 314.16 (B).

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